En atención a la Ley Nº 19.932 de 21 de diciembre de 2020, la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica dictó la Resolución Nº 510/2020.
En atención a la Ley Nº 19.932 de 21 de diciembre de 2020, la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica dictó la Resolución Nº 510/2020.
Como mínimo 10 días antes de realizar el evento de estas características se deberá remitir el formulario completo a fin de solicitar la reserva de espacio aéreo, la cual esta sujeta a autorización.
Cuando no funcione o no exista en el aeródrmo de salida, oficina de Operaciones, lo FLP "V" y FLP "Z",que se realice dentro del territorio nacional.