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Sección de Medicina Aeronáutica (AMS)

FUNCIONES DE LA AMS (SECCIÓN DE MEDICINA
AERONÁUTICA)

(1) Realizar control del proceso de evaluación médica para la expedición del CMA

(2) Conducir los procesos de certificación o autorización de los centros médicos aeronáuticos examinadores designados (CMAE);

(3) Conducir los procesos de autorización de los médicos examinadores aeronáuticos (AME) y evaluar de forma periódica sus competencias;

(4) Realizar las inspecciones de vigilancia aleatorias o periódicas de los CMAE y AME, sus profesionales consultores y sus equipos e instalaciones, con el propósito de auditar los procedimientos de evaluación médica y el cumplimiento de los requisitos establecidos en los reglamentos de la DINACIA.

(5) Efectuar el monitoreo y vigilancia de las certificaciones médicas aeronáuticas oinformes médicos emitidos por los CMAE y AME.

(6) Gestionar una adecuada comunicación con los CMAE y AME a fin de mantenerlos actualizados con las enmiendas del LAR 67, las circulares de asesoramiento y procedimientos establecidos por la DINACIA, utilizando los mecanismos de reuniones, comunicaciones escritas incluyendo el correo electrónico, visitas y otros;

(7) Revisar y participar en la actualización periódica del LAR 67 y reglamentos establecidos por la DINACIA conforme a las enmiendas del Anexo 1 sobre licencias al personal que corresponden a requisitos médicos;

(8) Ingresar o supervisar el ingreso de información al Sistema SIDMER del SRVSOP y sus actualizaciones periódicas;

(10) Gestionar el proceso de disminución de aptitud psicofísica de los titulares y la posterior re-certificación médica o reincorporación a sus actividades aeronáuticas;

(11) Comunicar a la Oficina de Licencias de la DINACIA y a las empresas/explotadores aéreos el personal aeronáutico que ha perdido la aptitud psicofísica tanto temporal como de formadefinitiva;

(12) Evaluar los informes o certificados médicos emitidos a titulares que hayan sido atendidos por facultativos dentro o fuera del territorio nacional;

(13) Programar el control y vigilancia médico aeronáutica, concentrándose en los ámbitos deriesgo aeromédico, así como en aquellos titulares de licencia con dispensa médica;

(14) Convocar a la junta médica aeronáutica y recopilar toda la información necesaria a ser discutida en la misma, emitiendo el dictamen médico acreditado para los casos que sean evaluados;

(15) Aprobar la postergación del reconocimiento médico de un titular, excepcionalmente, en los Estados que lo acepten;

(16) Velar por la conservación y protección en lugar seguro de los informes y registros médicos del titular;

(17) Desarrollar programas de capacitación para médicos examinadores en temas de interés médico aeronáutico;

(18) orientar el alcance de la evaluación médica aeronáutica en los casos de incidentes o accidentes de aviación;

ABREVIATURAS Y DEFINICIONES:

AMS: Sección de Medicina Aeronáutica, organización médico administrativa del área de seguridad operacional de la DINACIA que es responsable de los actos médicos que sustentan las decisiones administrativas.

CMAE: Centro Médico Aeronáutico Examinador, centro médico certificado por la DINACIA para la realización de los exámenes sicofísicos de los aspirantes a un CMA.

ME: Médico evaluador es un médico calificado y experimentado en la práctica de la medicina aeronáutica, que ha sido designado por la DINACIA y que tiene las competencias para evaluar estados de salud de importancia para la seguridad operacional, los informes médicos presentados por los CMAE y AME y otros de interés para la DINACIA.

CMA: Certificado Médico Aeronáutico es un certificado de aptitud psicofísica reglamentado por el LAR 67, emitido por el médico evaluador o un médico examinador aeronáutico (AME), de modo individual o integrado a un centro médico aeronáutico examinador (CMAE).

AME: Médico examinador (AME). Médico con instrucción en medicina aeronáutica, conocimientos prácticos y experiencia en el entorno aeronáutico, que es designado por la DINACIA para llevar a cabo los exámenes de reconocimiento médico de la aptitud psicofísica de los solicitantes de licencias o habilitaciones, para las cuales se prescriben requisitos médicos, así como emitir la
CMA o presentar los informes a la AAC, según lo establecido por cada Estado.