FUNCIONES DE LA AMS (SECCIÓN DE MEDICINA
AERONÁUTICA)
(1) Realizar control del proceso de evaluación médica para la expedición del CMA
(2) Conducir los procesos de certificación o autorización de los centros médicos aeronáuticos examinadores designados (CMAE);
(3) Conducir los procesos de autorización de los médicos examinadores aeronáuticos (AME) y evaluar de forma periódica sus competencias;
(4) Realizar las inspecciones de vigilancia aleatorias o periódicas de los CMAE y AME, sus profesionales consultores y sus equipos e instalaciones, con el propósito de auditar los procedimientos de evaluación médica y el cumplimiento de los requisitos establecidos en los reglamentos de la DINACIA.
(5) Efectuar el monitoreo y vigilancia de las certificaciones médicas aeronáuticas oinformes médicos emitidos por los CMAE y AME.
(6) Gestionar una adecuada comunicación con los CMAE y AME a fin de mantenerlos actualizados con las enmiendas del LAR 67, las circulares de asesoramiento y procedimientos establecidos por la DINACIA, utilizando los mecanismos de reuniones, comunicaciones escritas incluyendo el correo electrónico, visitas y otros;
(7) Revisar y participar en la actualización periódica del LAR 67 y reglamentos establecidos por la DINACIA conforme a las enmiendas del Anexo 1 sobre licencias al personal que corresponden a requisitos médicos;
(8) Ingresar o supervisar el ingreso de información al Sistema SIDMER del SRVSOP y sus actualizaciones periódicas;
(10) Gestionar el proceso de disminución de aptitud psicofísica de los titulares y la posterior re-certificación médica o reincorporación a sus actividades aeronáuticas;
(11) Comunicar a la Oficina de Licencias de la DINACIA y a las empresas/explotadores aéreos el personal aeronáutico que ha perdido la aptitud psicofísica tanto temporal como de formadefinitiva;
(12) Evaluar los informes o certificados médicos emitidos a titulares que hayan sido atendidos por facultativos dentro o fuera del territorio nacional;
(13) Programar el control y vigilancia médico aeronáutica, concentrándose en los ámbitos deriesgo aeromédico, así como en aquellos titulares de licencia con dispensa médica;
(14) Convocar a la junta médica aeronáutica y recopilar toda la información necesaria a ser discutida en la misma, emitiendo el dictamen médico acreditado para los casos que sean evaluados;
(15) Aprobar la postergación del reconocimiento médico de un titular, excepcionalmente, en los Estados que lo acepten;
(16) Velar por la conservación y protección en lugar seguro de los informes y registros médicos del titular;
(17) Desarrollar programas de capacitación para médicos examinadores en temas de interés médico aeronáutico;
(18) orientar el alcance de la evaluación médica aeronáutica en los casos de incidentes o accidentes de aviación;
ABREVIATURAS Y DEFINICIONES:
AMS: Sección de Medicina Aeronáutica, organización médico administrativa del área de seguridad operacional de la DINACIA que es responsable de los actos médicos que sustentan las decisiones administrativas.
CMAE: Centro Médico Aeronáutico Examinador, centro médico certificado por la DINACIA para la realización de los exámenes sicofísicos de los aspirantes a un CMA.
ME: Médico evaluador es un médico calificado y experimentado en la práctica de la medicina aeronáutica, que ha sido designado por la DINACIA y que tiene las competencias para evaluar estados de salud de importancia para la seguridad operacional, los informes médicos presentados por los CMAE y AME y otros de interés para la DINACIA.
CMA: Certificado Médico Aeronáutico es un certificado de aptitud psicofísica reglamentado por el LAR 67, emitido por el médico evaluador o un médico examinador aeronáutico (AME), de modo individual o integrado a un centro médico aeronáutico examinador (CMAE).
AME: Médico examinador (AME). Médico con instrucción en medicina aeronáutica, conocimientos prácticos y experiencia en el entorno aeronáutico, que es designado por la DINACIA para llevar a cabo los exámenes de reconocimiento médico de la aptitud psicofísica de los solicitantes de licencias o habilitaciones, para las cuales se prescriben requisitos médicos, así como emitir la
CMA o presentar los informes a la AAC, según lo establecido por cada Estado.