Se decreta que la administración, explotación, operación, construcción y mantenimiento del AIC, serán efectuadas por una Sociedad Anónima de acciones nominativas.
Se decreta que la administración, explotación, operación, construcción y mantenimiento del Aeropuerto Internacional de Carrasco “Gral Cesáreo L. Berisso”
(en adelante AIC), serán efectuadas por una Sociedad Anónima de acciones nominativas.