LAR 211 - Gestión del tránsito aéreo. Segunda Edición. Diciembre 2023.
Adoptado por Resolución Nº 532-2024 de 24 de setiembre de 2024.
Publicación Diario Oficial 30 de febrero de 2024.
Teniendo en cuenta que el Estado uruguayo, a través de su Proveedor de Servicios de Tránsito Aéreo (ATSP), ya cumple con los límites de tiempo de servicio definidos por la autoridad aeronáutica (AAC), al tiempo que también ya gestiona los riesgos de fatiga utilizando los procesos de SMS (Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional) para los peligros de seguridad en general, se dispondrá por parte de la DINACIA en la correspondiente resolución de adopción del LAR, que la aplicación del Apéndice 16 - Requisitos del sistema de gestión de riesgos asociados a la fatiga (FRMS) por parte del ATSP, estará suspendida para Uruguay hasta nueva disposición al respecto.