En virtud de la nueva normativa dispuesta por el Poder Ejecutivo, esta Dirección Nacional dispuso la modificación del artículo 4 de la Resolución N° 105/20, referente a las excepciones de prohibición de ingreso a los ciudadanos extranjeros provenientes de cualquier país.
Para más información se podrá dirigir a la Resolución DINACIA N° 183/20, la cual se encuentra adjunta al presente artículo.