La DINACIA ha emitido la Resolución Nro. 418-2020. En la misma se dispone presentar la Declaración Jurada del Impuesto a la Venta de Pasajes (7,5%) para taxis aéreos, por medios informáticos. Se agrega la misma, junto a la versión actualizada del instructivo que permite completar dicha Declaración. Las empresas comprendidas tienen plazo hasta el viernes 9 de abril del corriente año, para presentar las declaraciones juradas correspondientes a los meses de enero y febrero.
Número del documento
Res. Nro. 418-2020
Res. Nro. 418-2020 Declaración Jurada del Impuesto a la Venta de Pasajes (7,5%) para taxis aéreos, por medios informáticos
Tipo de publicación o documento