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Concesión de desviaciones, dispensas (exenciones) y autorizaciones

solicitadas por las empresas, los explotadores aéreos y el personal aeronáutico, de acuerdo a lo establecido en el LAR 119 ¨Certificación de explotadores de servicios aéreos¨ y el RAU 11 ¨Reglas para la Formulación, Emisión y Enmienda de los RAUs¨, Sección C 11.37.
El uso de los términos “explotador”, “organización” y ¨empresa¨ se utilizan indistintamente a lo largo de todo el documento. De igual forma, exención y dispensa.

Prórroga Dpto. Aeronav. a conceder extensión Certif. OMA-E

Autorízase de forma extraordinaria al Departamento de Aeronavegabilidad de la Dirección de Seguridad Operacional, a conceder extensiones de las vigencias del "Certificado de Habilitaciones, Limitaciones y Capacidad de la OMA" de las Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas-Extranjeras, por hasta un nuevo plazo de 12 (doce) meses basándose únicamente en análisis documental y remoto.

Política de Medio ambiente

La Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica ha establecido y firmado su Política de Medio Ambiente.

La misma será revisada periódicamente, buscando la mejora continúa en el cumplimiento de los principios medioambientales y energéticos.

Se adjunta nuestra Política Medio Ambiental.